El Tribunal Supremo de España ha fallado en contra de cinco recursos presentados por productores fotovoltaicos en los que reclamaban indemnizaciones por los recortes a la tarifa fotovoltaica introducidos por el gobierno en 2010. Las empresas solares pedían indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por, entre otros, el Real Decreto Ley 14/2010, con el que se reducían considerablemente las horas retribuidas con tarifa.
La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier), que representa a productores fotovoltaicos en España, ha criticado con dureza la decisión del alto tribunal, que considera "injusta". Con esta sentencia, "se consuma uno de los capítulos más sombríos de la historia de la Democracia española", según la organización.
El fallo era esperado con expectativa desde el sector renovable, que había puesto esperanzas en que el alto tribunal reconociera los daños causados a los productores por el gobierno con los recortes. Este fallo se trasladará a otras 150 empresas fotovoltaicas que han presentado recursos similares ante el Tribunal Supremo para que evalúen continuar o no con los recursos.
En nota de prensa, el Tribunal Supremo explica que ha considerado que los recortes han sido compensados con regulaciones favorables posteriores y que, con ello, existe una "rentabilidad razonable" del orden del ocho por ciento anual para estas instalaciones, tomando un periodo de 30 años. Para llegar a estas conclusiones, el alto tribunal indica que contó con informes periciales.
Según indica el Tribunal Supremo, los peritos consideraron que las reducciones en la retribución se compensaron con la regulación posterior Real Decreto 413/2014. Esta regulación establece los detalles de un nuevo esquema retributivo que sustituyó a la tarifa de inyección y que fue introducido en 2014 por el gobierno español.
Por su parte, Anpier rechaza de plano los informes de los peritos. "Este Tribunal ha permitido que se evalúe de forma burda y arbitraria sólo cuatro instalaciones de las 62.000", según la asociación.
Los cinco recursos fueron presentados en concreto contra una decisión del Consejo de Ministros que desestimaba peticiones por responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios a productores fotovoltaicos por modificaciones introducidas con el Real Decreto 1565/2010, Real Decreto Ley 14/2010 y la Ley 2/2011.
El Tribunal Supremo considera que con el Real Decreto 661/2007, que regulaba la tarifa fotovoltaica, los productores "no adquirieron, ni incorporaron a su patrimonio, un derecho, perfecto e ilimitado, a percibir una ‘tarifa regulada’ por la totalidad de la energía neta producida durante toda la vida de esa instalación en los términos que entonces establecía aquella disposición reglamentaria".
Y añade: "la forma, la cuantía, la extensión y la duración de los incentivos reconocidos a las instalaciones fotovoltaicas no pueden quedar petrificadas con aquella regulación inicial, sino que son susceptibles de las correspondientes adaptaciones a las nuevas circunstancias concurrentes".
Por su parte, Anpier denuncia que los productores no hubieran realizado las inversiones de haber tenido conocimiento de se fueran a producir cambios en la retribución.
"Nuestro perfil de productor está formado por familias que si se les hubiera siquiera insinuado que las condiciones ofrecidas por el Estado español en un Real Decreto plasmado en un BOE tenían la más mínima posibilidad de ser alteradas, no hubieran arriesgado ni un solo céntimo de Euro", ha afirmado por el presidente de Anpier Miguel Ángel Martínez Aroca.
El Tribunal Supremo también considera que las normas son acordes con la Constitución y rechaza que se vulnere el principio de irretroactividad. Tampoco advierte que las modificaciones introducidas por el gobierno sean contrarias a las normas del Derecho de la Unión Europea en relación a la seguridad jurídica y a la protección de la confianza legítima.
Sin embargo, Anpier confía en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea fallará en favor de los productores fotovoltaicos y que el fallo de los arbitrajes internacionales también será favorable. En la actualidad están en marcha numerosos arbitrajes internacionales iniciados por empresas extranjeras contra el gobierno español por cambios en la regulación en el sector renovable.
"Vamos a soportar la paradoja de que frente a un mismo hecho los nacionales no seamos indemnizados y los inversores extranjeros sí", ha afirmado el presidente de Anpier. (Blanca Díaz López)
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